El alumno, al momento de firmar su inscripción, acepta, declara y se compromete a cumplir estrictamente con las siguientes disposiciones legales y administrativas:
Vínculo y Respeto a los Convenios de Práctica: La institución gestiona y celebra convenios estratégicos con talleres, locales y establecimientos externos (mecánicas, barberías, talleres de costura, centros de estética, entre otros) propiedad de terceros, con el único fin de garantizar el aprendizaje práctico del estudiante. El alumno se compromete a respetar las normas internas, horarios y bienes de dichos establecimientos, entendiendo que su comportamiento compromete la reputación de la institución.
Cumplimiento Obligatorio de Contrato (Art. 1588 del Código Civil): En estricto apego al Artículo 1588, todo contrato legalmente celebrado es una ley para los contratantes y no puede ser invalidado sino por su consentimiento mutuo o por causas legales. Por tanto, la matrícula y el plan de estudios elegido constituyen un compromiso firme de pago y asistencia de principio a fin.
Política de No Devolución y Alternativas de Canje: Con el fin de salvaguardar la planificación académica y los cupos reservados, no se realizarán devoluciones de dinero bajo ningún concepto en caso de retiro voluntario, inasistencia o abandono por parte del alumno. No obstante, respetando los derechos del estudiante a la educación y a no perder su inversión, la institución ofrece de manera exclusiva las siguientes dos alternativas de compensación:
Canje de Carrera: El saldo o valor invertido podrá ser transferido y convalidado para el inicio de cualquier otra carrera o taller disponible dentro de la institución.
Cesión de Cupo: El alumno podrá ceder o transferir su cupo y el valor pagado a una tercera persona (un familiar o un tercero interesado), quien asumirá los derechos y obligaciones del curso desde el momento de la sustitución.
Protección y Propiedad de Convenios: Los convenios, metodologías y accesos a los talleres externos son propiedad intelectual y logística de la institución. Queda prohibido que el alumno intente saltarse los canales institucionales para lucrarse de manera individual de dichos convenios.
Advertencia Legal y Responsabilidad Penal: Cualquier intento de exigir devoluciones fuera de los canales autorizados mediante falsas pretensiones, coacción o el uso de mala fe para evadir los compromisos financieros adquiridos, será tipificado conforme a las sanciones establecidas en el Código Penal relativas al fraude, estafa o extorsión contractual, reservándose la institución el derecho de iniciar las acciones legales correspondientes.
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